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Os recordamos que la representatividad de esta asociación, firma de convenios, proyectos de investigaciones, intervenciones, etc., recaen en la Presidenta de la misma y, en su caso, de la Vicepresidencia, en casos excepcionales puede recaer en otra persona de la Junta Rectora a la que haya sido delegada dicha representatividad, debiendo aportar en dichos actos el apoderamiento o autorización correspondiente. Por tanto, cualquier persona física o jurídica, que pueda personarse ante una institución, empresa o terceros y que indique que actúa en representación de la Asociación de Expertos en Psicosociologia Aplicada – AEPA, no siendo las anteriormente mencionadas, está incurriendo en un delito por el que se ejercerán acciones legales.

NUESTROS SOCIOS

CLASES DE SOCIOS

 

En nuestra Asociación tendrán la oportunidad de poder participar en los diferentes grupos de trabajo, en las líneas de investigación propuestas, publicación de trabajos de investigación, bolsa de trabajo, cursos de formación especializada, asistencia a las diferentes actividades que se promueven, etc., todo ello con condiciones especiales para nuestros asociados. La Asociación de Expertos en Psicosociologia Aplicada, para el mejor cumplimiento de sus fines, podrá federarse o de otra manera asociarse con entidades afines, así como establecer acuerdos de colaboración con las entidades que la Junta Directiva estime convenientes.

 

Clases de socios: a) Fundadores. Todas las personas que figuran en el acta fundacional, Titulados Universitarios, Profesionales en el campo de la Seguridad y de la Salud Socio-laboral. b) Directivos. Titulados Universitarios, Profesionales en el campo de la Seguridad y de la Salud Socio-laboral. Es requisito imprescindible ser propuestos por los socios fundadores y ser previamente socio numerario. c)   Numerarios Personas físicas, Titulados Universitarios, Profesionales en el campo de la Seguridad y de la Salud Socio-laboral, siendo requisito imprescindible ser avalados por dos socios y aprobado por unanimidad por los socios fundadores. d)   Colaboradores. Personas físicas, profesionales o estudiantes en formación que colaboren con los fines de la asociación y que cumplan los derechos y deberes de los presentes estatutos. e) Adheridos. Aquellas personas físicas o jurídicas, así como asociaciones profesionales, instituciones cuya actividad o simpatía este vinculada con los fines de esta Asociación y patrocinen a la misma con sus aportaciones. Dependiendo del tipo de patrocinio serán:

 

1.- Socios Adheridos Simpatizantes 2.- Socios Adheridos Patrocinadores  

 

f) Socios de Honor. Se establece la categoría de “socio de honor” a personas o entidades que por sus actuaciones, opiniones, recursos empleados, etc., sean referencia o referentes en cuanto a los fines que esta Asociación pretende desarrollar.

DERECHOS Y DEBERES

 

Psicólogos, Técnicos Superiores en PRL, Técnicos Medios en PRL, Jueces, Ingenieros Superiores, Ingenieros Técnicos, Abogados, Médicos, ATS, Trabajadores Sociales, Empresas, Organizaciones, Colegios Profesionales, etc. tendrán la oportunidad de poder participar en los diferentes grupos de trabajo, en las líneas de investigación propuestas, publicación de trabajos de investigación, bolsa de trabajo, cursos de formación especializada, asistencia a las diferentes actividades que se promueven, etc., todo ello con condiciones especiales para nuestros asociados.

 

DEBERES Y DERECHOS DE LOS SOCIOS COLABORADORES

 

Son derechos de los socios colaboradores, cuando estén al corriente de sus obligaciones para con la Asociación: a) Sugerir a la Junta Directiva actividades a desarrollar, porque habrán de ser, por lo menos, estudiadas en una reunión de dicha Junta. b) Ser informados de las actuaciones de la Asociación. c) Ser informados de la gestión patrimonial de la Entidad. d) Manifestar libremente sus opiniones en las asambleas sociales, en relación con los puntos establecidos en el Orden del día. e) Disfrutar de los servicios generales de la entidad y de los especiales que se creen, previo el pago de las especiales derramas que su financiación implique. f) Ejercitar las acciones y recursos procedentes en defensa de sus derechos.

 

Son deberes de los socios colaboradores: a) Cumplir los acuerdos obligatorios y válidamente adoptados por los órganos de la entidad. b) Contribuir al sostenimiento de la asociación con el pago de cuotas, derramas y otras aportaciones que en su momento se fijen.

 

CONDICIÓN DE ADHERIDO: Pueden ser Adheridos a nuestra Asociación todas aquellas personas físicas o jurídicas, así como asociaciones profesionales, instituciones cuya actividad o simpatía este vinculada con los fines de esta Asociación y patrocinen a la misma con sus aportaciones.

AEPA garantiza la protección de los datos de carácter personal, limitando el uso de los mismos de acuerdo a los términos establecidos en la legislación española vigente en materia de Protección de Datos de carácter personal, Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD). Y en la Política de la Asociación de Expertos en Psicosociologia Aplicada.

Envíe su formulario de inscripción:

E-mail: secretaria.aepa@gmail.com

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